Por: Graciela Cruz Hernández
Nació durante el siglo XVIII, sus padres fueron el español don Vicente de la Fuente del Valle y su madre la mexicana doña Felipa de la Barrera y Escobar. Entre sus ascendientes maternos contó con ilustres caudillos y conquistadores de América.
Contrajo matrimonio en Campeche con el español don Antonio de Estrada y Bello, quien tenía dos hijos de sus primeras nupcias, José Miguel y Miguel Antonio que aprendieron de su madre política, con su ejemplo admirable, el amor a la juventud y el estudio.
Dueña de cuantiosa fortuna y honrada con la amistad tanto de grandes personalidades como de monarcas que le expresaban su reconocimiento, pudo haberse embriagado con los deleites mundanos que a todo ser humano llega a ser tentador, pero no fue así, sino todo lo contrario, vivió una vida sencilla y modesta llena de sinceridad, bondad y generosidad.
Eran por muchos esperados los sábados, porque esos días desfilaban ante doña María Josefa una legión de pobres a los que con gusto les daba caridad personalmente. Doña María Josefa, no solo ayudaba a los pobres sino que también dio un préstamo a la Corona de España, ayudándola en sus malos trances y dificultades. Sus grandes virtudes cívicas y religiosas nos las expresa elocuentemente su Testamento del cual hacemos un resumen:
(Cláusula V) “Es mi voluntad que se distribuyan limosnas a los pobres de ambos sexos verdaderamente enfermos, desvalidos, vergonzantes; lo cual harán personalmente por sí mis albaceas, procurando informarse prudente, celosa y caritativamente de aquellos a quienes con mayor justicia recaiga esta calificación”.
Con un alma verdaderamente cristiana no se contentaría con darles el pan físico sino que las proveería del pan espiritual que es la religión.
(Cláusula XIX) “Que de mis bienes se apliquen los que fueren suficientes a expresar con su rendimiento anual la limosna de una misa, que es mi pretensión se celebre en la Santa Iglesia Parroquial a beneficio de los trabajadores que no pudiesen oírla más temprano, a las diez de la mañana de todos los días festivos, incluso los domingos”.
Como madre, amó con gran ternura tanto a sus hijos de sangre como a sus hijos políticos. Para su educación era dulcemente severa, guiándolos bajo los principios de la más sana moral, inculcándoles con el ejemplo el amor a la religión y a las buenas costumbres, el respeto al orden y a las obligaciones sociales; incluso en su agonía sus hijos recibían de ella sus maternales consejos y peticiones, les ordenó unión, voluntad y deseo.
(Cláusula XII) “que todos mis hijos, legítimos y políticos vivan después de mis días en la unión fraternal, amistad sincera y buena armonía que hasta ahora, encargándoles encarecidamente, como les encargo con todo el amor, y aún mandándoles con toda autoridad de madre, que en correspondencia a lo mucho que les he querido y estimado conserven tan feliz unión; (luego dicta la herencia monetaria que les corresponderá a cada uno) como legado amoroso que les hago por el respeto, obediencia y cariño que me han prestado y tenido”.
Preocupada por la educación de la juventud dispone:
(Cláusula XVI) “Es mi voluntad que se saquen de mis bienes siete mil pesos, para fondo principal de una escuela de primeras letras que se ha de establecer en esta ciudad. Considerando el estado moral de la primera educación literaria de la numerosa y bien dispuesta juventud de esta ciudad, y que el medio más eficaz para contener el torrente de depravación que emana de la ignorancia de las obligaciones sociales y cristianas, es dársela tal que se las haga conocer y practicar; que adorne su inteligencia y fecunde su corazón con las semillas de las virtudes por cuyo medio se difundan y arraiguen los principios de caridad, sufrimiento y dulzura, e inspiren el amor al orden, el respeto a las autoridades y la obediencia a las leyes; teniendo presente que no puedo hacer a mi patria mayor servicio, ni beneficio más importante, que el de procurar que esta misma juventud se vea bien enseñada e instruida.
Es virtud del mismo derecho que por su muerte de mi albacea pasará al R. Ayuntamiento de esta ciudad. Me reservo también la elección de treinta niños, cuya gratuita enseñanza será la carga de esta fundación, y tanto ahora como en lo futuro quiero que esta elección se haga en razón combinada del mayor desamparo, mayor mérito personal y heredando menores haberes y mejor disposición o capacidad; de suerte que, según este principio, serán preferidos los huérfanos a los que no lo son; los hijos de los beneméritos de la República a los de los simples ciudadanos; los pobres a los de mayores haberes, y los aplicados y despiertos a los holgazanes y lerdos, guardando en todo la más estricta justicia e imparcialidad”.
Dispuso que: “Una vez al mes, y en día festivo, y a la hora conveniente, concurrirá el maestro con sus discípulos a la Iglesia Parroquial, en donde tendrá a lo menos media hora de ejercicio en la explicación de la Doctrina Cristiana”.
(Cláusula XVII) “Es mi voluntad y mando que mis albaceas designen, constituyan y consoliden de un modo eficaz y permanente, un capital de mil pesos, con cuyo rédito anual es mi intención que se establezca y dote, además de las que de Gramática, Filosofía y Teología dispuso que se estableciesen y dotasen en el Seminario de esta ciudad, mi hijo político el presbítero doctor Miguel Antonio de Estrada, y de la que para instituciones civiles acaba de establecer y dotar el Gobierno del Estado; una cátedra de Jurisprudencia natural, canónica y civil con sujeción en cada uno de estos tres respectos a la forma, método y asignatura que en el plan general de instrucción pública prescriba el supremo gobierno o la soberanía nacional”.
(Cláusula XVIII) “Como estoy convencida de que una buena educación moral y literaria es el mayor beneficio que puede recibir la juventud, y de que el más inmediato e importante de mi patria, es concurrir a que se proporcionen en ella establecimientos permanentes que gratuita y metódicamente faciliten su enseñanza, creí conducente a la consecución de tan saludables fines coadyuvar al del colegio de San Miguel de esta ciudad ofreciendo para el efecto la asignatura de un capital de cuatro mil pesos”.
De gran inteligencia y memoria admirable sin olvidar nada de lo que para ella siempre fue importante, a todos retribuye limosnas, ordena legados, etc. Treinta y cuatro son las cláusulas de su testamento y en ellas encontramos grandes virtudes humanas llenas de caridad evangélica.
En la historia de la educación campechana sus servicios prestados a la instrucción pública son merecedores de preciado galardón y aplauso. Ella dotó a Campeche con escuelas; contribuyó generosamente a la fundación del Colegio Clerical de San Miguel, hoy Instituto Campechano.
La idea de rectitud residió en ella de manera soberana y grandiosa, que con su gran visión ella vio claramente, las debilidades, flaquezas y cobardías de los hombres e hizo el llamamiento más explícito a las autoridades para que éstas cuidasen el cumplimento de sus disposiciones por si sus albaceas flaqueasen en el cumplimiento de su testamento dándoles poder de intervenir en todo tiempo con su poder y gobierno a fin de que no se frustrase el objeto de su intención.
Modelo de femineidad digno de imitación en todas las edades, madre amorosa y dedicada, esposa fidelísima que fomentó el hogar como la hacienda; ciudadana ejemplar, se inspiró en el alto amor a la patria, que animó y proveyó a su pueblo a alcanzar la civilización y el progreso; como mujer católica, tenía la convicción perenne de la fe. Doña María Josefa murió plácida y religiosamente, el día 6 de octubre de 1827 en la ciudad de Campeche.
Su modestia y sencillez llegaba a tanto que incluso dispuso la forma en que serían sus funerales. No quiso un lujoso féretro sino un ataúd común, ni grandes ceremonias, pidió ser enterrada con la misma ropa con la que expirara y ser ceñida y amortajada con el hábito y cordón de San Francisco, pidió ser conducida en silencio, sin acompañamiento, sin honores, sin invitaciones, sin túmulo, sin música; así ordenó su sepelio, encargándole a sus albaceas que no se alterara por ninguna razón su mandato dejándolo por escrito en la cláusula I de su testamento.
Desafortunadamente la gran mayoría ignora tanto su existencia como lo que esta gran mujer hizo por su pueblo y por su gente.